Contrato listo para firmar, conforme al Código del Trabajo. Completa los datos y mira el documento armarse en vivo.
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Indica cargo, sueldo, jornada y tipo de contrato.
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Preguntas frecuentes
Sí. El Art. 9 del Código del Trabajo exige que el contrato conste por escrito dentro de los 15 días siguientes a la incorporación del trabajador (5 días si el contrato es por menos de 30 días).
Se presume que las condiciones de trabajo son las que declare el trabajador, salvo prueba en contrario del empleador. Además, el empleador puede ser multado por la Inspección del Trabajo.
Actualmente 42 horas semanales (Ley 21.561, vigente desde abril 2026), en camino a 40 horas desde abril 2028.